La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó que la Ley Nº 7411/2024 de Armas y la Resolución Nº 203/2025 entraron en vigencia, con lo que se establecen nuevos niveles de control y procedimientos para la importación de armas y materiales relacionados.
La medida forma parte del marco de modernización de la Ventanilla Única del Importador (VUI 2.0) y del Sistema Integrado DIGEMABEL (SID), que busca mejorar el control de los productos ingresados al país.
Esta implementación también está hecha dentro del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, firmado entre la DNIT y la DIGEMABEL (Dirección General de Material Bélico) y se llevaron a cabo capacitaciones a funcionarios de ambas instituciones, además a usuarios vinculados a la actividad aduanera.
La clasificación de los materiales está dividida en tres categorías y cada una tendrá distintos niveles de control.
-Anexo A: Materiales con autorización previa.
Incluye a los que requieren autorización expresa de DIGEMABEL antes de su importación: armas de fuego civiles y sus componentes críticos; explosivos y materiales de uso privativo de las FF.AA.
-Anexo B: Sujetos a Verificación de Zona Primaria
Son los materiales que tienen su verificación de oficio en las aduanas habilitadas como armas de fogueo, réplicas, miras telescópicas y armas de aire comprimido.
-Anexo C: Materiales no controlados por DIGEMABEL
En este apartado se incluyen materiales como ballestas, chalecos antibalas, equipamiento táctico y herramientas.
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