El sexto mes del año supone nuevamente una gran cantidad de vencimientos de diversas obligaciones impositivas, de acuerdo con el calendario divulgado por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).
Por un lado, los contribuyentes del impuesto a la renta empresarial (IRE) con cierre de ejercicio fiscal a diciembre del 2021, en su régimen SIMPLE, deben realizar el primer anticipo del año. Los vencimientos se dan por terminación del RUC, de acuerdo con el calendario perpetuo. Así, aquellos con terminación del RUC 0 deben declarar el 7, aquellos con terminación 1 el día 9, aquellos con terminación 2 el día 11, y así sucesivamente.
Estos contribuyentes debían realizar el primer anticipo en abril, pero la SET decidió posponer a junio debido a la crisis climática que afectó al campo. La Administración Tributaria, no obstante, otorga la posibilidad de suspender dos o los cuatro anticipos si el contribuyente demuestra pérdidas en relación al año pasado.
El régimen SIMPLE abarca a contribuyentes con facturación de entre G. 80 millones y G. 2.000 millones.
Por otro lado, los contribuyentes del IRE, pero en su régimen GENERAL, también con cierre a diciembre, deben presentar este mes sus documentos conocidos como Estados Financieros.
En este caso, las presentaciones se deben hacer según el vencimiento de declaraciones informativas. Así, aquellos con terminación del RUC 0 deben declarar el 8, aquellos con terminación 1 el 10, aquellos con terminación 2 el 12, y así sucesivamente.
Las resoluciones vigentes indican que, en los Estados Financieros, se deben presentar balances generales, estados de resultados, flujos de efectivo, estados de cambios de patrimonio y notas contables, entre otros.
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